``Los
profesores, dentro del respeto a la Constitución, a las leyes, al reglamento de
régimen interior, y en su caso, al ideal educativo propio del centro, tienen garantizada
la libertad de enseñanza. El ejercicio de tal libertad deberá orientarse a
promover, dentro del cumplimiento de su específica función docente, una
formación integral de los alumnos, adecuada a su edad, que contribuya a educar
su consciencia moral y cívica, en forma respetuosa con la libertad y dignidad
personales de los mismos.´´ (B.O.E, 1980: 14634)
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